salam83fb.gif picture by rafiarani

En el nombre de Allah: El Mas Compasivo, El Mas Misericordioso. Toda la alabanza es para Allah; buscamos Su perdón; y buscamos que nos guíe. Buscamos refugio en Allah de la maldad en nuestras propias almas y la maldad de nuestras obras. Porque quien quiera que Allah guíe, nadie lo puede sacar del camino. Y quien quiera que El conduzca a otro camino, no hay quien lo guíe. Yo atestiguo que nadie merece la adoración mas que Allah, quien no tiene ningún socio. Y atestiguo que Muhammad es Su siervo y Mensajero.

Hermanos / as. Este sitio proporciona información


sobre el Islam, tanto para los musulmanes y no musulmanes. Espero, si Dios quiere, que usted encontrará la información útil. Si usted no es un musulmán, le animo a que tome algún tiempo para aprender sobre el Islam y las perspectivas de los musulmanes.

la fe mueve a los voluntarios creyentes.


Descubriendo el Islam

Es un programa que tiene como eje central al Islam como religión y modo de vida y presenta la cultura islámica con toda su historia y riqueza.

Nuestra propuesta es poder acercarnos al público con una descripción auténtica e informal del Islam, a la vez que aprendemos sobre su historia y aspectos que son tan interesantes para los musulmanes como para los que no practican la religión.

Hoy en día el Islam es una religión en permanente crecimiento en el mundo, y es de suma importancia descubrir este mensaje que Dios reveló a los seres humanos con todas sus fascinantes características

السلام عليكم ورحمة الله وبركاته

السلام عليكم ورحمة الله وبركاته
.Los Deseos de los Musulmanes es Promover la D 'awa. { tareas pendientes} "Llegar a practicar la Dawa" Hay Varias Formas si estan en agreement Con El Coran y la Sunna. Yo Propongo Una forma Sencilla y mas Eficaz, InshAlá. Vivo en Melilla es tierra de musulmán, Privado de ley Islamica.Tierra de marroquí,ocupada. La tierra es de Allah. ¡Allah akbar, Allah akbar, Allah akbar¡ Hoy, en "Día" debemos HACER las Cosas con mas Rapidez y Con mas imploras, mas Beneficios y por mas gentes . Producir y conseguir mas. En Menos tiempos, recursos, dinero, y en contra debemos conseguir mas provechos y beneficios ¡Allah akbar, Allah akbar, Allah akbar! HACER , no es ni Difícil, ni Fácil, Sino Que Solamente se hace. ¡Allah akbar, Allah akbar, Allah akbar! ¿Hacer Daw'a en internet y en DIRECTO? ¡Podemos! Allah akbar, Allah akbar, Allah akbar

¡¡LA RADIO!!

.Esta nueva emisora, que debería "constituirá un medio más para consolidar el islam en, España y Marruecos, en todos los ámbitos, y formar una nueva generación en los campos de comunicación y información".

ENTRE TODOS

ENTRE TODOS
Intentáremos crear una emisora. RADIO FM. En acuerdo con el Corán y la Sunna. Propongo SUNNA RADIO MELILLA. No es definitivo propuestas} Inshallah

Lo primero es tener tres hermanos, con DNI. Estos tres hermanos deberán crear una asociación sin animo de lucro. Puede ser una asociación de ayuda a los analfabetos o a marginados Da igual Buscar un local adecuado para instalar una emisora de radio Conseguir el apoyo humano y económico, lo mas amplio posible ,Hermanos cooperantes .implicados en nuestro proyecto Comprar los aparatos y materiales adecuados a nuestra emisora de radio, micrófonos, mesas y otros y Seguir trabajando

Radio

Radio
Todo individuo. Tiene derecho a la Libertad de Expresión y Opinión. Derecho de Informaciones Opiniones y de difundirlas sin limitación de Fronteras, Por cualquier medio

Descripción del proyecto Radio local Islámica "sunna radio melilla" El deseo de toda la comunidad musulmana Para tener una herramienta de comunicación al servicio del Islam. Con una frecuencia en FM. Educar e informar a la comunidad musulmana; Participar en la educación espiritual de los musulmanes; Para descubrir el verdadero rostro del Islam; Construir un puente de solidaridad entre los musulmanes.

Para participar y ser amig@ de la radio, deben de comprometerse con ALLAH

Agradecemos a todos los hermanos y hermanas por su presencia y su interacción con Radio Melilla

Agradecemos a todos los hermanos y hermanas por su presencia y su interacción con  Radio  Melilla
Cooperar con los bienhechores a hacer contribuciones a sus hermanos en necesidad Necesitamos sus donaciones para apoyar a la radio Esperamos invitar a todos

Y despues escribir a

sunnaradiomelilla@gmail.om

sunnaradiomelilla@gmail.om
Para informar te su deseo de contribuir, en el proyecto y hablar de las dificultades que hay, porque abra dificultades.

sábado, 30 de julio de 2011

"Al hamdu liLlâhi Rabbil 'Alamîn



Bisimllah hir-rahman nir-raheem(1)
Alhamdu lil-lahi rab-bil'alameen(2)
Ar-rahma nir-raheem(3)
Maliki yawmid-deen(4)
Iyyaka na'budu wa iyyaka nasta'een(5)
Ihdinas siatal mostaqeem(6)
Siratal lazeena an'amta 'alayhim ghayril maghubi'alayhim walad 
dal-leen(7)
Amen

viernes, 11 de marzo de 2011

Los diferentes niveles para aprender Tawhid y Aqida.



salam.gif aquí los diferentes niveles de aprendizaje del Tawhid ylha aqidah! que finalmente pueden ser: Mashaallah-17bce6: en su programa y saber por dónde empezar par;
:9td7:
Niveau 1 :

1. (Les trois fondements) de cheikh al islam Mohamed Ibn 'Abdelwahhab.2. (Les 4 regles) de cheikh al islam Mohamed Ibn 'Abdelwahhab.3.(Les 6 fondements) de cheikh al islam Mohamed Ibn 'Abdelwahhab.4. (Les fondements de la foi) de cheikh al islam Mohamed Ibn 'Abdelwahhab.Ou de cheikh al 'Utaymine ou de Cheikh Jamil Zino.Ps: Apres tu as l'éxplications de ces livres , les trois fondements par Cheikh al 'Utaymine, Explications des 6 fondements par Cheikh al Jabiri...
:506815001211418605-
Niveau 2:
1. (Kitab Attawhid) de cheikh al islam Mohamed Ibn 'Abdelwahhab, Avec al Hachiya de cheikh 'Abderrahman Assa'di intitulé (al Qawl Assadid).2. (Kashf Achubuhate) de cheikh al islam Mohamed Ibn 'Abdelwahhab, Avec l'éxplication de cheikh al 'Utaymine.3. (200 question et réponses dans al 'Aquida) de cheikh Hafed al Hakami.4. (Al 'Aquida al Wassitiya) de cheikh al Islam ibn taymiya avec l'éxplication de cheikh al Fawzan.5. (I'anate al Mousstafid bi charh kitab Attawhid) de cheikh Saleh al Fawzan ou (al Qawlu al Moufid fi Charh Kitab Attawhid) de cheikh al 'Utaymine, ou (Fathu al Majid) de cheikh 'Abderrahman Ibn Hassan Aal Cheikh Avec Tahqiq de Dr. al Walid Al Farian, ou (al Jadid Fi charh Kitab Attawhid) de Cheikh 'Abdellah al Qar'wui.6.Explication de (al 'Aquida al Wassitiya) de cheikh Ibn al 'Utaymine, ou de cheikh Mohammed Khalil Harrass, ou (Attanbihate Assounnniya) de Cheikh 'Abdel'aziz ibn Rachid, puis (al Kawachif al Jaliyya 'an Ma'ani al Wassitiya) de cheikh 'Abdul 'Aziz Assalman.7. (mokhtassar Kitab al i'tissam li Chatibi) Résumé par 'ilwi Saqqaf.source www.alminhadj.fr/modules/newbb/viewtopic.php
:506815001211418605-
Niveau 3 :

1) Al-'aqîda at-tahâwya du Chaykh Abû Ja'far at-Tahâwî avec le commentaire de Chaykh al-'Albânî.
2) Charh al-'aqîda at-tahâwya du Chaykh Ali Ibn Abî al-'Iz ad-Dimachqî al-Hanafî, accompagné de la vérification (tahqîq) du Docteur 'Abdullah at-Turkî et al-'Arna'ût, à partir de la troisième édition et plus.
3) Kitâb al-'imân du Chaykh de l'Islam Ahmad Ibn Taymya, vérifié par Chaykh al-'Albânî.
4) At-tawasul anwâ'uhu wa 'ahkâmuhu du Chaykh al-'Albânî, ou at-tawasul ilâ haqîqati at-tawasul du Chaykh Muhammad Nasîb ar-Rifâ'î.
5) Qa'idatu jalîla fi at-tawasul wa al-wasîla du Chaykh de l'Islam Ibn Taymya, vérifié par Chaykh Rabî' al-Madkhalî.

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Niveau 4 :

1) Taysîr al-'azîz al-hamîd du Chaykh Sulaymân Ibn Abdullah Âl ach-Chaykh, il a été édité à plusieurs reprises, mais toutes nécessitent une correction, j'ai procédé à leur rectification que j'ai écrit en quatre exemplaires manuscrits, qui sont toujours en cours d'impression.
2) At-tadmurya du Chaykh de l'Islam Ibn Taymya, vérifié par le Docteur Muhammad as-Sa'awi, avec le commentaire [intitulé] : « at-tuhfatu al-mahdya du Chaykh Fâlah Ibn Mahdî, vérifié par le Docteur Muhammad as-Sa'awi.
3) Al-fatawâ al-hamawya al-kubrâ du Chaykh de l'Islam Ibn Taymya, vérifié par Charîf Hazzâ'.
4) Mukhtasar as-sawâ'iq du Chaykh de l'Islam Muhammad Ibn al-Qayyim.
5) Kitâb al-'i'tisâm du l'Imam Abû Ishâq Ibrâhim ach-Châtibî.

MODELO DE ESTATUTOS (tipo)



ASOCIACION DE VECINOS
CAPITULO I. Denominación, objetivos, domicilio y ámbito territorial.
Artículo 1. Denominación. Con la denominación de “ASOCIACIÓN DE VECINOS DE ..................................................................................., se constituye en esta ciudad la citada asociación, para lograr objetivos de interés general, sin afán de lucro, abierta a todos los residentes en su ámbito territorial, todo ello de acuerdo con la vigente Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.
Artículo 2. Objetivos. De modo particular, los siguientes:
a.- Defensa de los intereses generales de los vecinos, en calidad de usuarios y destinatarios finales de la actividad urbanística, cultural, deportiva, educativa, sanitaria, de vivienda, social, económica, de consumo, de participación en asuntos de interés general de la ciudad, etc, fomentando las medidas participativas más adecuadas.
b.- Informar y apoyar a los vecinos en todas las cuestiones que afecten a sus intereses generales.
c.- Asumir la representación de los vecinos del ámbito territorial adoptando las resoluciones y llevando a término las actuaciones que por su importancia o interés les afecten individual o colectivamente, o a los intereses generales de la ciudad.
d.- Fomentar el asociacionismo entre los vecinos del ámbito territorial como instrumento de participación y defensa de los intereses generales de los vecinos.
e.- Vigilar y exigir que las administraciones públicas, en su respectivo ámbito de competencias, cumplan escrupulosamente con su obligación de promover y facilitar el desarrollo de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones que persigan el interés general.
f.- Exigir a las administraciones públicas, en su respectivo ámbito de competencias, el cumplimiento de los derechos reconocidos por la Ley Orgánica 1/2002, sus normas de desarrollo y los reglamentos municipales, en orden a:
  1. recibir información directa de los asuntos que son de interés común.
  2. participar de las subvenciones públicas para el desarrollo de proyectos y actividades.
  3. establecer convenios de colaboración en programas de interés general.
  4. ser declaradas de utilidad pública.
  5. intervenir en todos los ámbitos de las administraciones públicas para defender los intereses generales de los vecinos.
  6. utilizar los medios públicos (locales, salas de reunión, centros sociales, radios, etc) para el ejercicio de sus funciones de representación y defensa de los intereses de los vecinos.
  7. ejercitar el derecho a la iniciativa popular.
  8. Ser escuchada en los Plenos y Comisiones municipales en los asuntos que afecten de modo particular o general (elaboración de disposiciones generales) a los vecinos de su ámbito territorial.
Para el logro completo de los objetivos enumerados la Asociación asignará vocalías, secciones, departamentos de asesoramiento, de información y servicio –internos o externos- en la medida necesaria.
Artículo 3. El domicilio social o sede de la Asociación está en la calle ________________________________________________, de esta ciudad, pudiendo trasladarlo cuando así lo acuerde la Junta Directiva.
Artículo 4. El ámbito territorial queda delimitado por las calles
(.......................................)
Artículo 5. La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 6. La Asociación disfrutará de personalidad propia e independiente de cada uno de sus miembros y capacidad suficiente para adquirir, poseer, enajenar cualquier clase de bienes, celebrar contratos, crear y fomentar cooperativas de servicio, asociarse o federarse con otras asociaciones, obligarse y ejercitar toda clase de acciones legales, privadas, judiciales, que sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de sus fines y objetivos.
Artículo 7. La Asociación se regirá por las disposiciones de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación, su reglamento de desarrollo, por estos Estatutos y por un Reglamento de Régimen Interno que redactado por la Junta Directiva deberá aprobar la Asamblea General.
CAPITULO II. De los socios.
Artículo 8. Podrán ser miembros de la Asociación las personas físicas mayores de dieciséis años que trabajen o residan dentro del ámbito territorial de la Asociación y lo soliciten a la Junta Directiva.
Artículo 9. La Junta Directiva está obligada a inscribir en el libro de socios a todo aquél que cumpliendo los requisitos anteriores lo solicite y pague la cuota que corresponda. La denegación de admisión deberá ser debidamente motivada pudiendo el solicitante rechazado exponer su queja en la siguiente asamblea general, la cual decidirá acerca de su inscripción como socio.
Artículo 10. Derechos de los socios.
  1. Asistir con voz y voto a las reuniones de la Asamblea General
  2. Elegir o ser elegido para los cargos de representación o directivos de la asociación
  3. Intervenir en el gobierno y las gestiones, los servicios y las actividades de la asociación de acuerdo con las normas legales y estatutarias.
  4. Exponer ante la asamblea y la Junta Directiva todo lo que considere pueda contribuir a la realización de los objetivos sociales.
  5. Solicitar y obtener explicaciones sobre la administración y gestión de la Junta Directiva.
  6. Recibir información sobre las actividades de la asociación.
  7. Hacer uso de los servicios comunes que la asociación establezca o tenga a su disposición.
  8. Formar parte de los grupos o comisiones de trabajo.
  9. Obtener un ejemplar de los estatutos.
  10. Obtener certificaciones expedidas por el secretario con el VºBª del Presidente de los acuerdos adoptados en Asamblea.
  11. Solicitar y obtener del secretario el listado de socios con el objeto de proceder a la convocatoria extraordinaria de Asamblea, siempre que: la petición se realice por escrito firmado por un mínimo de cincos socios, que acompañen el orden del día junto a la petición, que exista previa negativa del Presidente a convocarla ante idéntica solicitud por escrito de los mismos socios.
Artículo 11. Deberes de los socios.
  1. Estar al corriente en el pago de las cuotas que determinen la Asamblea General.
  2. Respetar y cumplir los acuerdos adoptados por los órganos competentes así como las disposiciones estatutarias.
  3. No realizar gestiones en nombre de la Asociación sin consentimiento de la Junta Directiva.
  4. No formar parte como socio de Asociación con los mismos o similares objetivos y ámbito territorial.
Artículo 12. Pérdida de la condición de socio:
    1. Renuncia voluntaria comunicada a la Junta Directiva.
    2. No estar al corriente en el pago de la cuota previo requerimiento de pago de la Junta Directiva con aviso de pérdida de la condición de socio.
    3. Pertenecer a otra Asociación con los mismos o similares objetivos y ámbito territorial o actuar de modo público y notorio como miembro de la dirección o representante de otra Asociación con los mismos o similares objetivos y ámbito territorial.
    4. Dejar de vivir o residir en el ámbito territorial de la Asociación
    5. Incumplir cualquiera de la obligaciones estatutarias.
Salvo en el primer supuesto, el acuerdo de expulsión acordado por la Junta Directiva quedará suspendido si el socio manifiesta, dentro de los treinta días siguientes a la notificación, su voluntad de ser oído en la siguiente Asamblea General que ratificará o anulará el acuerdo de expulsión.


CAPITULO III. Órganos de gobierno y administración.
Artículo 13. Los órganos de gobierno y representación de la Asociación serán:
  1. Asamblea General
  2. Junta Directiva
Artículo 14. Asamblea General. Legalmente constituida de acuerdo con la Ley y estos Estatutos es el órgano supremo de dirección y gobierno de la Asociación, debiendo reunirse al menos una vez al año.
Artículo 15. La Asamblea general podrá ser de dos tipos: ordinarias y extraordinarias. Ambas serán presididas por el presidente de la Junta Directiva, en su ausencia el vicepresidente, y en ausencia de ambos el que elija la propia asamblea. Dirigirá los debates y propondrá el orden del día y asumirá el que le propongan los solicitantes, en su caso, en las extraordinarias. Actuará de secretario el que lo sea de la Junta Directiva, o en su defecto el que elija la misma asamblea.
Artículo 16. Las asambleas generales ordinarias serán convocadas por decisión de la Junta Directiva. No obstante quedará obligada a convocar asamblea general extraordinaria, dentro de los veinte días naturales siguientes, si lo solicitan un número de asociados no inferior al 10 por ciento que adjunten a su vez el orden del día a tratar.
Artículo 17 Las asambleas generales quedarán legalmente constituidas en primera convocatoria cuando concurran, presentes o representados, la mitad de los asociados con derecho a voto. La convocatoria será efectuada diez días naturales antes, como mínimo, de la fecha indicada para la celebración, expresando en la misma el orden del día, el lugar, la fecha y la hora.
Quedarán válidamente constituidas en segunda convocatoria sea cual sea el número de socios presentes o representados. La segunda convocatoria se habrá de fijarse media hora después de la primera en el mismo lugar y fecha, y haberse anunciado con la primera.
Los acuerdos adoptados en las asambleas obligarán a todos los socios, incluyendo a los ausentes, a los discrepantes y a los que presentes se hayan abstenido de votar.
Artículo 18. Todos los asociados tienen derecho de voz en las asambleas generales, sin embargo para ejercer el voto, promover asambleas extraordinarias. Para formar parte de la Junta Directiva se requiere estar al corriente en el pago de la cuota y disfrutar de la condición de socio con antigüedad superior a seis meses anteriores a la celebración de la votación, solicitud o elección, respectivamente.
Artículo 19. Los acuerdos adoptados por la Asamblea general y la Junta Directiva serán incorporados a un libro de actas que se llevará en la Asociación, las actas deberán estar firmadas por el presidente y el secretario.
Artículo 20. Será competencia de la Asamblea General la adopción de los acuerdos siguientes:
  1. Aprobación de las cuentas y la memoria anual que sobre su gestión debe presentar la Junta Directiva cada año a la asamblea.
  2. Aprobación del presupuesto anual.
  3. Elección de los miembros de la Junta Directiva.
  4. Modificación de los Estatutos.
  5. Disolución de la asociación.
  6. Adquisición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros de la Junta Directiva.
  7. Constitución de federaciones con asociaciones similares o integración o separación en alguna existente.
  8. Determinación de las cuotas ordinarias y extraordinarias que correspondan a los asociados.
  9. Todo lo no expresamente atribuido a la Junta Directiva por la Ley o los presentes Estatutos.
Artículo 21. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los asociados presentes o representados, con derecho a voto de acuerdo con lo previsto en el artículo 18, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. Excepcionalmente, para adoptar los acuerdos indicados en los apartados 4, 5, 6 y 7 del artículo precedente se requerirá mayoría cualificada de los asociados presentes o representados con derecho a voto, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad más uno de los presentes y representados.
Artículo 22. La Junta Directiva. La integran los asociados mayores de edad, con antigüedad superior a seis meses que estando al corriente de la cuota resulten elegidos por la Asamblea General. La Junta Directiva deberá estar integrada por los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y los Vocales que determine la Asamblea nunca inferior a tres ni superior a quince.
Artículo 23. La atribución de cargos dentro de la Junta Directiva se decidirá en su primera reunión por acuerdo adoptado por mayoría simple entre sus componentes. Todos los cargos son honoríficos y voluntarios. Todos sus miembros son reelegibles finalizado el período de mandato fijado en ____________ años. Procediéndose a la mitad de cada mandato a la renovación de la mitad de sus componentes. La primera se elegirá tras la ___________ de estos estatutos, una mitad de sus miembros deberá cesar al cumplir la mitad del mandato.
Artículo 24. Los acuerdos de la Junta Directiva se adoptarán por mayoría simple de los presentes. Siendo requisito indispensable la asistencia de un tercio de sus componentes para adoptar válidamente los acuerdos. Para determinar el tercio de la fracción se completará por exceso.
Artículo 25. La Junta Directiva celebrará reunión ordinaria cada __________ meses, y extraordinaria cada vez que sea convocada por el Presidente (o por el Vicepresidente en su ausencia, incapacidad o enfermedad de aquél) o solicitada por un tercio de sus componentes. En este último caso se celebrará como máximo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la solicitud.
Artículo 26. En el caso de existir o producirse, por cualquier causa, alguna vacante la Junta Directiva tiene la facultad de elegir interinamente a los nuevos miembros, elección que deberá ser ratificada por la Asamblea General.
En el supuesto de dimisión colectiva de la Junta Directiva, deberá convocar a los socios a Asamblea General con el doble objeto de comunicar su dimisión colectiva y proceder a la elección de nueva Junta Directiva.
En el supuesto que la Junta Directiva dimisionaria no convoque la asamblea de socios, éstos, en número no inferior al 10 por ciento -excluyendo sólo a quienes no estén al corriente en el pago de las cuotas- están facultados para convocar Asamblea General extraordinaria para someter a los socios la elección de nueva Junta Directiva, o ante su imposibilidad, proceder a la disolución de la asociación.
Artículo 27. La Junta Directiva asumirá las funciones representativas y de gestión de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. En concreto son funciones de la Junta Directiva:
  1. Elaboración de los presupuestos anuales para someterlos a la aprobación de la Asamblea.
  2. Administrar los fondos sociales y el inventario de bienes de la Asociación.
  3. Admisión y expulsión de socios, que ostentan el derecho a ser oídos ante la Asamblea que podrá revocar el acuerdo de expulsión.
  4. Convocar, fijar la fecha y orden del día de las Asambleas ordinarias y convocar las extraordinarias.
  5. Custodiar los libros y documentos de la asociación.
  6. Designar las comisiones de trabajo y nombrar y coordinar a sus responsables.
  7. Interpretar los Estatutos.
  8. Dictar normas de procedimiento para la elección a Junta Directiva.
  9. Redactar la memoria anual de actividades.
  10. Contratar al personal que considere conveniente.
  11. Todas las que le sean encomendadas por la Asamblea.
Artículo 28. El Presidente de la Junta Directiva tendrá las siguientes funciones:
  1. Ostenta la representación legal de la Asociación.
  2. Preside las Asambleas, Juntas y ordena y dirige los debates y deliberaciones.
  3. Convocar la Asamblea General siempre que lo decida la Junta Directiva o lo solicite un 10 por ciento de asociados en los términos previstos en el artículo 11.
  4. Convocar a la Junta Directiva ordinaria, y todas aquéllas que le sean solicitadas por 1/3 de sus miembros.
  5. Autorizar con su firma toda clase de documentos que se produzcan en la Asociación.
  6. Ordenar los pagos.
  7. Por delegación o autorización de la Junta Directiva suscribir contratos, otorgar poderes a terceros, interponer recursos en vía administrativa, ejercitar acciones ante la jurisdicción ordinaria y oponerse a reclamaciones o demandas.
  8. Adoptar todas las medidas que considere urgentes y necesarias para el mejor gobierno y administración de la Asociación, dando cuenta en la próxima Junta Directiva. O convocando una con el objeto de ratificar su actuación.
Artículo 29. Las funciones específicas de cada uno de los restantes miembros de la Junta Directiva son en general los que derivan o deducen de su propia denominación, además de todas aquellas funciones, tareas o responsabilidad que la Junta Directiva decida conceder a cada miembro.
CAPITULO IV. Sistema de elecciones.
Artículo 30. El proceso de elecciones ordinario dará comienzo un mes antes de la finalización del mandato de los cargos de la junta que corresponda renovar. A tal efecto la Junta Directiva comunicará a todos los socios la apertura del proceso electoral, plazo –no inferior a quince días- y lugar para presentar candidaturas en listas abiertas o cerradas y fecha y lugar de celebración de la asamblea. La lista cerrada solamente será admisible si los candidatos completan las vacantes a cubrir en las elecciones.
Artículo 31. La Junta directiva vigilará que todos los candidatos cumplan los requisitos del artículo 18. Si no reúnen los requisitos se le comunicará por escrito dándoles tres días para que aleguen. La Junta Directiva resolverá a los tres días y, siempre, antes de la fecha de la asamblea.
Artículo 32. El primer punto del orden del día de la asamblea donde se celebren elecciones será la presentación de candidatos y personación de los candidatos ante la asamblea. El Presidente dará un turno de dos minutos para que los candidatos, si lo desean, expliquen los motivos y objetivos que les llevan a presentarse a la Junta Directiva.
Artículo 33. Finalizado el turno de explicación se procederá a la votación. El modo ordinario será a mano alzada. El Presidente siempre que lo solicitaran, antes de la votación, un mínimo del 10 por ciento de socios presentes que reúna los requisitos del artículo 18 procederá a celebrar votación secreta mediante papeletas. El derecho de voto es personal, no se admitirá el voto mediante representante.
Artículo 34. Efectuado el recuento, el Presidente de la asamblea proclamará los candidatos electos. Levantando acta el Secretario. Los nuevos miembros pasarán a integrarse en la Junta Directiva una vez que finalice el mandato, parcial o total, de los miembros o de la Junta saliente. Seguidamente se continuará con el orden del día.
CAPITULO V. Recursos económicos y patrimonio.
Artículo 35. Los recursos económicos de la Asociación para el cumplimiento de sus fines y objetivos serán: las cuotas de sus socios, las subvenciones de organismos o entidades públicas o privadas, donaciones, legados o herencias, producto de sorteos o rifas, rentas de su patrimonio.
Artículo 36. La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados, inventario de bienes y derechos, libro de Actas y de contabilidad, todo ello de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del derecho de Asociación.
Artículo 37. La Asociación se disolverá por acuerdo adoptado en los términos y con la mayoría cualificada prevista en el artículo 20, actuando la última Junta Directiva como comisión liquidadora que entregará su producto previa extinción de todas las deudas y cargas a la Federación de Asociaciones de Vecinos de cañada

lunes, 17 de enero de 2011

Consenso de los eruditos de Ahl Sunna wal Jama'ah incredulidad en el que los demás jueces que la Sharia

Consenso de los eruditos de Ahl Sunna wal Jama'ah incredulidad en el que los demás jueces que la Sharia

Septiembre consenso sobre la incredulidad de los que los jueces que no sean de le
chari'ad' Allah   -Ta '-ala 
 
Ø 1)Imam Ibn Ishaq Rahawayh dijo:
 
وقال الامام اسحاق بن راهويه احد الائمة الاعلام اجمع المسلمون على ان من سب الله او سب رسوله او دفع شيئا مما أنزل الله عز وجل او قتل نبيا من انبياء الله عز وجل انه كافر بذلك وان كان مقرا بكل ما انزل الله
« Los musulmanes son unánimes en decir que todo aquel que insulta a Alá y Su Mensajero insulto, suprime todo lo que Alá ha revelado, o mata a uno de los Profetas de Alá, es un incrédulo, incluso si se confirma todo lo que Dios ha revelado. »

[
Fuente: Citado por Ibn Taymiyyah en al-Sarim Al-Masloul, 2/15]

Ø 2)
Ibn Taymiyah dijo:
 
والإنسان متى حلل الحرام المجمع عليه؛ أو حرم الحلال المجمع عليه؛ أو بدل الشرع المجمع عليه؛ كان كافرا مرتدا باتفاق الفقهاء‏   
 
« Cuando un hombre hace algo posible universalmente prohibido, o de otra manera no lo permitió universalmente, o sustituye la ley por unanimidad, reconoció, fue un incrédulo en la unanimidad de los científicos»
 
[Fuente: Majmou‘ al-Fatawa, 3/267]
 
 
Ø 3) Ibn Taymiyah dijo:
 
وَمَعْلُومٌ بِالِاضْطِرَارِ مِنْ دِينِ الْمُسْلِمِينَ وَبِاتِّفَاقِ جَمِيعِ الْمُسْلِمِينَ أَنَّ مَنْ سَوَّغَ اتِّبَاعَ غَيْرِ دِينِ الْإِسْلَامِ أَوْ اتِّبَاعَ شَرِيعَةٍ غَيْرِ شَرِيعَةِ مُحَمَّدٍ صَلَّى اللَّهُ عَلَيْهِ وَسَلَّمَ فَهُوَ كَافِرٌ وَهُوَ كَكُفْرِ مَنْ آمَنَ بِبَعْضِ الْكِتَابِ وَكَفَرَ بِبَعْضِ الْكِتَابِ كَمَا قَالَ تَعَالَى : { إنَّ الَّذِينَ يَكْفُرُونَ بِاللَّهِ وَرُسُلِهِ وَيُرِيدُونَ أَنْ يُفَرِّقُوا بَيْنَ اللَّهِ وَرُسُلِهِ وَيَقُولُونَ نُؤْمِنُ بِبَعْضٍ وَنَكْفُرُ بِبَعْضٍ وَيُرِيدُونَ أَنْ يَتَّخِذُوا بَيْنَ ذَلِكَ سَبِيلًا }{ أُولَئِكَ هُمُ الْكَافِرُونَ حَقًّا وَأَعْتَدْنَا لِلْكَافِرِينَ عَذَابًا مُهِينًا }
 
« Básicamente es conocido en la religión de los musulmanes, y no hay unanimidad de todos los musulmanes, para que todo se compromete a seguir una religión diferente del islam, o seguir una ley diferente a la ley de alayhi wa salam Muhammad (sallallahu ') es un incrédulo. Su incredulidad es el mismo que cree en una parte del Corán y no creen en los otros, como Dios dijo: « Seguramente los que no creen en Alá y Su Mensajero, y quiere hacer una distinción entre Dios y Sus Mensajeros, y dicen: "Creemos en unos y no creer en los demás" - y quiere tomar un camino intermedio de la presente, los a continuación, son los no creyentes verdaderos y hemos preparado un castigo terrible para los infieles»»
 
[Fuente: Majmou‘ al-Fatawa, 28/524]
 
 
Ø 4) Ibn Taymiya a dijo:
 
كُلُّ طَائِفَةٍ مُمْتَنِعَةٍ عَنْ الْتِزَامِ شَرِيعَةٍ مِنْ شَرَائِعِ الْإِسْلَامِ الظَّاهِرَةِ الْمُتَوَاتِرَةِ ؛ مِنْ هَؤُلَاءِ الْقَوْمِ وَغَيْرِهِمْ فَإِنَّهُ يَجِبُ قِتَالُهُمْ حَتَّى يَلْتَزِمُوا شَرَائِعَهُ وَإِنْ كَانُوا مَعَ ذَلِكَ نَاطِقِينَ بِالشَّهَادَتَيْنِ وَمُلْتَزِمِينَ بَعْضَ شَرَائِعِهِ.... فَأَيُّمَا طَائِفَةٍ امْتَنَعَتْ مِنْ بَعْضِ الصَّلَوَاتِ الْمَفْرُوضَاتِ أَوْ الصِّيَامِ أَوْ الْحَجِّ أَوْ عَنْ الْتِزَامِ تَحْرِيمِ الدِّمَاءِ وَالْأَمْوَالِ وَالْخَمْرِ وَالزِّنَا وَالْمَيْسِرِ أَوْ عَنْ نِكَاحِ ذَوَاتِ الْمَحَارِمِ أَوْ عَنْ الْتِزَامِ جِهَادِ الْكُفَّارِ أَوْ ضَرْبِ الْجِزْيَةِ عَلَى أَهْلِ الْكِتَابِ وَغَيْرِ ذَلِكَ مِنْ وَاجِبَاتِ الدِّينِ وَمُحَرَّمَاتِهِ - الَّتِي لَا عُذْرَ لِأَحَدِ فِي جُحُودِهَا وَتَرْكِهَا - الَّتِي يَكْفُرُ الْجَاحِدُ لِوُجُوبِهَا . فَإِنَّ الطَّائِفَةَ الْمُمْتَنِعَةَ تُقَاتَلُ عَلَيْهَا وَإِنْ كَانَتْ مُقِرَّةٌ بِهَا . وَهَذَا مَا لَا أَعْلَمُ فِيهِ خِلَافًا بَيْنَ الْعُلَمَاءِ.....وَأَمَّا هَؤُلَاءِ فَدَخَلُوا فِيهِ وَمَا الْتَزَمُوا شَرَائِعَهُ . وَقِتَالُ هَذَا الضَّرْبِ وَاجِبٌ بِإِجْمَاعِ الْمُسْلِمِينَ وَمَا يَشُكُّ فِي ذَلِكَ مَنْ عَرَفَ دِينَ الْإِسْلَامِ وَعَرَفَ حَقِيقَةَ أَمْرِهِمْ ؛ فَإِنَّ هَذَا السِّلْمَ الَّذِي هُمْ عَلَيْهِ وَدِينَ الْإِسْلَامِ لَا يَجْتَمِعَانِ أَبَدًا . وَإِذَا كَانَ الْأَكْرَادُ وَالْأَعْرَابُ وَغَيْرُهُمْ مِنْ أَهْلِ الْبَوَادِي الَّذِينَ لَا يَلْتَزِمُونَ شَرِيعَةَ الْإِسْلَامِ يَجِبُ قِتَالُهُمْ وَإِنْ لَمْ يَتَعَدَّ ضَرَرُهُمْ إلَى أَهْلِ الْأَمْصَارِ فَكَيْفَ بِهَؤُلَاءِ.... فَإِنْ اتَّفَقَ مَنْ يُقَاتِلُهُمْ عَلَى الْوَجْهِ الْكَامِلِ فَهُوَ الْغَايَةُ فِي رِضْوَانِ اللَّهِ وَإِعْزَازِ كَلِمَتِهِ وَإِقَامَةِ دِينِهِ وَطَاعَةِ رَسُولِهِ.... وَإِنْ كَانَ فِيهِمْ مَنْ فِيهِ فُجُورٌ وَفَسَادُ نِيَّةٍ بِأَنْ يَكُونَ يُقَاتِلُ عَلَى الرِّيَاسَةِ أَوْ يَتَعَدَّى عَلَيْهِمْ فِي بَعْضِ الْأُمُورِ وَكَانَتْ مَفْسَدَةُ تَرْكِ قِتَالِهِمْ أَعْظَمُ عَلَى الدِّينِ مِنْ مَفْسَدَةِ قِتَالِهِمْ عَلَى هَذَا الْوَجْهِ : كَانَ الْوَاجِبُ أَيْضًا قِتَالَهُمْ دَفْعًا لِأَعْظَمِ الْمُفْسِدَتَيْنِ بِالْتِزَامِ أَدْنَاهُمَا ؛ فَإِنَّ هَذَا مِنْ أُصُولِ الْإِسْلَامِ الَّتِي يَنْبَغِي مُرَاعَاتُهَا. رَوَاهُ أَبُو دَاوُد فِي سُنَنِهِ مِنْ قَوْلِهِ صَلَّى اللَّهُ عَلَيْهِ وَسَلَّمَ : « الْغَزْوُ مَاضٍ مُنْذُ بَعَثَنِي اللَّهُ إلَى أَنْ يُقَاتِلَ آخِرُ أُمَّتِي الدَّجَّالَ لَا يُبْطِلُهُ جَوْرُ جَائِرٍ وَلَا عَدْلُ عَادِلٍ »
 
 
 
« Cualquier grupo que abandona, el cambio, o se niega a aplicar ninguna ley de acuerdo y no impugnados del Islam, si estas personas u otros, debe ser combatido hasta que se adhiere a todos los Estatutos Islam. Esta es una regla, incluso si se pronuncia tanto las pruebas y se adhiere a ciertas leyes islámicas ...

 
Así que, cualquiera que sea el grupo abandona, el cambio, o se niega a aplicar algunas de las oraciones obligatorias, o para participar en el ayuno de Ramadán, o realizar el Hayy, o viola la sangre y la riqueza de los musulmanes, o que autoriza el uso de drogas, o el adulterio o la fornicación, o jugar, o el matrimonio "Maharam" - o no declarar la guerra a los infieles, o no Djiziya Judios y Cristianos , u otra obligación o prohibición de la religión para los que no hay excusa para no ponerlas en práctica, entonces la guerra debe ser declarada en este grupo, incluso si aceptamos que estas obligaciones o prohibiciones son parte de Religión. Y sé que hay desacuerdo entre los estudiosos en este sentido ... no sé de cualquier diferencia de opinión con respecto a la obligación de declarar la guerra a los que se van, el cambio o negarse a realizar cualquier Islam Ley indiscutible ...

 
Del mismo modo, ellos (los mongoles) no juzga de acuerdo a las Leyes de Dios, sino más bien juzgar de acuerdo a las normas que sean compatibles con el Islam en algunos temas y en desacuerdo en otras. Y el hecho de la lucha contra este tipo de personas es obligatorio según el acuerdo de los musulmanes. Cualquiera que esté familiarizado con esta religión del Islam y saber la verdad acerca de estas personas lo dudo, porque ese camino donde se encuentran y cuál es la verdadera religión del Islam no pueden conciliarse. Y si es necesario para luchar con estos kurdos, los beduinos y otros habitantes del desierto que no se ajustan a la Sharia islámica, aunque la enfermedad no se extiende a las ciudades, entonces ¿qué pasa con los mongoles? ... Si los que toman las armas contra este grupo son tan completamente de acuerdo con la Sharia, en sus palabras, hechos e intenciones, entonces esta es la mejor manera de buscar el placer de Dios, para establecer su religión y obedecer a Su Mensajero (sallallahu 'alaihi wa).

 
Y si los que están luchando contra gente como los mongoles muestran algunas perversiones, o transgredir contra el enemigo, pero no están sancionadas por la Sharia, o tiene una intención corrupta debido a la lucha por el poder, pero el dolor no luchar contra los negadores del grupo tiene peores consecuencias para el Islam para luchar contra el lado de los corruptos, entonces es obligatorio para luchar contra ellos para evitar que el mayor de los dos males y este es uno de los principios de El Islam tiene que tener en cuenta ...
El Profeta Muhammad (sallallahu alayhi wa salam) dijo: "Las expediciones militares existen desde el tiempo que he sido enviado por Dios, hasta el último día que mi comunidad va a luchar contra elDajjal » » (Rapporté par Abû Dawoud)
 
[Fuente: Maymu 'al-Fataawa, volumen 28, páginas 501-508]
 
 
Ø 5) Ibn Al-Qayyim dijo:
 
وَقَدْ جَاءَ الْقُرْآنُ ، وَصَحَّ الْإِجْمَاعُ بِأَنَّ دِينَ الْإِسْلَامِ نَسَخَ كُلَّ دِينٍ كَانَ قَبْلَهُ ، وَأَنَّ مَنِ الْتَزَمَ مَا جَاءَتْ بِهِ التَّوْرَاةُ وَالْإِنْجِيلُ ، وَلَمْ يَتَّبِعِ الْقُرْآنَ ، فَإِنَّهُ كَافِرٌ وَقَدْ أَبْطَلَ اللَّهُ كُلَّ شَرِيعَةٍ كَانَتْ فِي التَّوْرَاةِ وَالْإِنْجِيلِ وَسَائِرِ الْمِلَلِ ، وَافْتَرَضَ عَلَى الْجِنِّ وَالْإِنْسِ شَرَائِعَ الْإِسْلَامِ ، فَلَا حَرَامَ إِلَّا مَا حَرَّمَهُ الْإِسْلَامُ ، وَلَا فَرْضَ إِلَّا مَا أَوْجَبَهُ الْإِسْلَامُ
   
« Se narra en el Corán y no hay un verdadero consenso de que la religión del Islam derogó todas las religiones anteriores, y aquellos que siguen la Torah o el Evangelio y no siguen el Corán es un infiel. Alá ha derogado todas las leyes que estaban en la Torah, el Evangelio, o de otras religiones, y obligatoria a las leyes del Islam, a los genios ya los hombres. Por lo tanto, no hay prohibida, salvo que el Islam ha prohibido, ni la obligación, salvo que el Islam ha prescrito »
 
[Fuente:Ahkamou Ahl dh-Dhimma, 1/259]
 
 
Ø 6) Mohammad ibn ‘Abd al-Wahab dijo en su libro, revelando las ambigüedades en el monoteísmo:
 
بنو عبيدٍ القداحِ الذين ملكوا المغرب ومصر في زمان بني العباس،   كلهم يشهدون أن لا إله إلا الله وأن محمداً رسول الله، ويدعون الإسلام، ويصلون   الجمعة والجماعة فلما أظهروا مخالفة الشريعة في أشياء دون ما نحن فيه، أجمع العلماء   على كفرهم وقتالهم، وأن بلادهم بلاد حرب، وغزاهم المسلمون حتى استنقذوا ما بأيديهم   من بلدان المسلمين
   
« El Ubayd al Banu '-Qaddah que gobernó el norte de África y Egipto en los días de Bani Abbas, declaró que "la ilaha illa Allah, Muhammad ar-Rasul Allah", afiliado al Islam, realizó la oración Viernes y el grupo, pero cuando se mostró su desacuerdo con la Sharia, en cuestiones menos graves que las que hoy conocemos, los expertos acordaron por unanimidad en su incredulidad, el hecho de para combatirlos, y el hecho de que su país era un país donde era legítimo hacer la guerraEl Ubayd al Banu '-Qaddah que gobernó el norte de África y Egipto en los días de Bani Abbas, declaró que "la ilaha illa Allah, Muhammad ar-Rasul Allah", afiliado al Islam, realizó la oración Viernes y el grupo, pero cuando se mostró su desacuerdo con la Sharia, en cuestiones menos graves que las que hoy conocemos, los expertos acordaron por unanimidad en su incredulidad, el hecho de para combatirlos, y el hecho de que su país era un país donde era legítimo hacer la guerraEl Ubayd al Banu '-Qaddah que gobernó el norte de África y Egipto en los días de Bani Abbas, declaró que "la ilaha illa Allah, Muhammad ar-Rasul Allah", afiliado al Islam, realizó la oración Viernes y el grupo, pero cuando se mostró su desacuerdo con la Sharia, en cuestiones menos graves que las que hoy conocemos, los expertos acordaron por unanimidad en su incredulidad, el hecho de para combatirlos, y el hecho de que su país era un país donde era legítimo hacer la guerra»
 
[Fuente:Majmou‘ at-Tawhid]
 
 
Ø 7) Ibn Kathir dijo:
 
فمن ترك الشرع المحكم المنزل على محمد بن عبد الله خاتم الأنبياء وتحاكم إلى غيره من الشرائع المنسوخة كفر، فكيف بمن تحاكم إلى الياسا وقدمها عليه من فعل ذلك كفر بإجماع المسلمين
 
« Así que quienquiera que abandone la ley claramente revelado en el hijo de Muhammad 'Abd Allah, el último de los profetas, y utiliza el juicio de otra ley derogada, se convierte en un incrédulo. Entonces, ¿qué pasa con aquel que utiliza el juicio y el hecho de Yasaq anularlo? El que hizo esto es un incrédulo y esta unanimidad de los musulmanes.»
 
[Fuente:Al-Bidaya wa-Nihaya volume 13 página119]